Contrato de trabajo extranjero en Marruecos: un nuevo marco legal y normativo
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Ley N° 65-99 relativa al Código del Trabajo (artículos 516 a 520).
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Ley No. 19-12 que establece las condiciones de trabajo y empleo de los trabajadores domésticos (artículo 3).
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Orden del Ministro de Trabajo e Inserción Profesional N° 1356-19 de 19 de abril de 2019 por la que se establece el modelo de contrato de trabajo reservado a los extranjeros.
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Resolución del Ministro de Trabajo e Integración Profesional N° 1/Taechir/20 19 de 1 de julio de 2019 por la que se establece la lista de documentos y documentos a adjuntar al contrato de trabajo reservados a los extranjeros para la obtención del permiso de trabajo.
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Convenios y acuerdos bilaterales celebrados con determinados países o instituciones en esta materia.
¿Cómo puede un empleador obtener autorización para contratar a un empleado extranjero?
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 516 de la Ley N° 65.99 relativa al Código del Trabajo, todo empleador que desee contratar a un trabajador extranjero debe obtener la autorización de la autoridad gubernamental competente en materia laboral. Esta autorización se otorga en forma de visa adjunta al contrato de trabajo.
La concesión de un visado para un contrato de trabajo extranjero responde a un doble objetivo, por un lado, proteger a la mano de obra nacional frente a cualquier competencia que pueda oponerle la mano de obra extranjera, con igual cualificación profesional y, por otro lado, satisfacer las necesidades del país de competencias extranjeras necesarias para el desarrollo de su economía y la promoción de proyectos de inversión.
Bueno saber : Para facilitar los trámites y poder cumplir con la legislación vigente, es importante la contratación de un censor jurado de cuentas. Un contador público es un profesional liberal cuya actividad se rige por la ley (15-89). Para ejercer su actividad, un contador público debe estarregistrado en la junta de la Orden de Contadores Públicos.
Caso de extranjeros exentos del certificado
El Ministerio de Trabajo e Integración Profesional podrá, previa presentación de los documentos acreditativos, eximir del certificado emitido por la ANAPEC a determinados trabajadores extranjeros, en particular a las siguientes categorías:
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Los extranjeros nacidos en Marruecos y que residan allí de forma habitual;
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cónyuges de nacionales;
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Los cónyuges de extranjeros que residen en Marruecos de forma habitual (Reagrupación familiar);
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Residentes en Marruecos en calidad de trabajadores por cuenta ajena de forma continuada durante un período superior a diez (10) años
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Apoderados y administradores de la empresa o asociaciones o similares;
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Los socios y accionistas de la sociedad;
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Adscrito, por un período limitado, para puestos específicos con empresas extranjeras contratistas de contratación pública o con subsidiarias de empresas matrices radicadas en el extranjero;
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Delegados en el marco de una cooperación o misión de una duración no mayor a seis (6) meses improrrogables;
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Entrenadores y atletas;
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artistas extranjeros;
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Empleados que trabajan en empresas con estatus de Casablanca Finance City (CFC);
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Empleados que formen parte del personal directivo(*) de empresas que realicen actividades de deslocalización;
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refugiados y apátridas;
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Los empleados que realicen actividades y profesiones que no puedan ser ocupadas por nacionales;
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Nacionales de países con los que Marruecos haya celebrado acuerdos de establecimiento (Argelia, Túnez y Senegal) o acuerdos bilaterales sobre trabajo y residencia que incluyan disposiciones de inoponibilidad en el mercado laboral nacional;
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Jóvenes profesionales franceses que vienen a trabajar a Marruecos en aplicación del acuerdo franco-marroquí de 24 de mayo de 2001 relativo al intercambio de jóvenes profesionales;
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Trabajadores migrantes que se han beneficiado de operaciones excepcionales de regularización.
El objetivo es proporcionar la prueba de que el candidato extranjero para el empleo tiene habilidades específicas o raras en Marruecos, y que no existe un perfil nacional equivalente en el mercado laboral.
El procedimiento para la tramitación de la solicitud de certificado de actividad se realiza en tres (03) pasos de la siguiente manera:
Les avantages accordés par le programme TAHFIZ
Le programme « TAHFIZ » prévoit l’octroi, pour une durée de 24 mois et dans la limite de dix (10) salariés, des avantages ci-après :
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Exonération de l’Impôt sur le Revenu (IR) du salaire mensuel brut plafonné à 10.000,00 DH pour une durée de 24 mois à compter de la date de recrutement du salarié ;
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Prise en charge par l’Etat de la part patronale au titre de la cotisation due à la CNSS et de la taxe de formation professionnelle, au titre d’un salaire mensuel brut plafonné à 10.000,00 DH et pour une durée de 24 mois à compter de la date de validation par l’ANAPEC du protocole de bénéfice.
Étape
01
préparation
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Déclaration d’existence de l’entreprise ou de l’association auprès de l’administration fiscal ;
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Inscription du salarié sur le portail de l’ANAPEC ;
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Renseignement par le recruteur du protocole de bénéfice du programme sur le portail de l’ANAPEC ;
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Immatriculation du salarié auprès de la CNSS .
Étape
02
dépôt
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Dépôt, par l’employeur auprès d’une agence de l’ANAPEC, d’un dossier par salarié comprenant un protocole de bénéfice du programme TAHFIZ accompagné d’une copie légalisée du contrat de travail ;
Étape
03
dÉclaration
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Versement par le recruteur à la CNSS de la cotisation salariale des salariés bénéficiant du programme ;
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Ouverture des droits par la CNSS au profit des recrues ;
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Déclaration par l’entreprise de la liste des recrus bénéficiant du programme.
¿Cuál es el tiempo de procesamiento de una solicitud de certificado ANAPEC?
El tiempo de procesamiento de una solicitud de certificado es de un máximo de 20 días (días hábiles).
Caso de puestos de responsabilidad, perfiles raros y renovaciones
Se simplifica el procedimiento de tramitación de las solicitudes de certificado de actividad (exención de la convocatoria) para los siguientes supuestos:
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extranjeros candidatos a puestos de alto nivel de responsabilidad(lista A1);
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perfiles especializados considerados raros o no disponibles en el mercado laboral(lista A2);
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Solicitantes de renovación del certificado de actividad con el mismo empleador y para el mismo puesto (excepto promoción) y con el mismo empleador. El tiempo de trámite bajo el procedimiento simplificado no puede exceder las 48 horas (días hábiles).
Lista A1:publicaciones deresponsabilidades alto nivel
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Presidente director general;
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Presidente del Consejo de Administración;
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Secretario general;
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Director general;
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Director General Adjunto;
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Gerente (nI) de Multinacionales, Empresas que emplean a más de 50 empleados, o que tienen un capital de inversión superior a 1.000.000 Dhs;
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Directivos (n-2) de grandes empresas (cuya plantilla supere los 500 empleados);
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Gerentes dentro de asociaciones u ONG con una experiencia mínima de 3 años;
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Directivos en sucursales de sociedades extranjeras con un mínimo de 2 años de experiencia en puesto similar o equivalente dentro de la matriz.
Lista A2:Perfiles puntiagudos considerados raros o no disponibles en el mercadotrabajo
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Directores de programas de antena de radio y televisión;
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Ingenieros y arquitectos con más de 5 años de experiencia;
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Capitán, Comandantes de Barco, Pilotos de Aeronaves;
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Mecánica de aeronaves;
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Profesores e Investigadores de instituciones de educación superior con 5 años de experiencia; • Profesores y profesores de idiomas y lenguas extranjeras;
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Responsable y/o Coordinador Pedagógico de cursos de idiomas;
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Bibliotecarios, Documentalistas y Mediateca Manager (mínimo 2 años de experiencia);
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Consejeros de Orientación y Consejeros Principales de Educación (mínimo 2 años de experiencia); • Agentes consulares de las representaciones diplomáticas y consulares radicadas en Marruecos;
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Asesores de las representaciones económicas y comerciales de países extranjeros en Marruecos; • Pilotos de globos aerostáticos;
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Intérpretes y traductores de lenguas extranjeras;
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Jefe panadero, jefe chocolatero, jefe cocinero (todas las especialidades gastronómicas: francesa, asiática, etc.), pastelero;
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Cocinero experimentado (especialidad asiática);
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asesor telefónico de habla portuguesa u holandesa;
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Mayordomos con experiencia en Sans;
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entrenadores de caballos;
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Guardián Verde;
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Terapeutas de spa;
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Técnico de uñas ;
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buzos coralinos;
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Criadores de camellos.
Nuestra firma lo acompaña en todo el trámite para la obtención de sus contratos de trabajo para sus empleados extranjeros.
¿Quiénes somos?
LEC.mauna empresa de Contadores Públicos y Auditores de Cuentas registrada en el Registro de la Orden de Contadores Públicos en Marruecos.
Tanto si es un director de empresa, un profesional liberal o un director de asociación, solo o al frente de un equipo, sea cual sea su campo de actividad,LEC.maestá a su disposición para identificar y responder a sus necesidades.
Desde la creación hasta la transmisión de su empresa, somos su socio en todas las situaciones, ya sea en la gestión diaria, en los momentos de dificultad o en los proyectos más ambiciosos.
Nuestros servicios
SOCIAL
Un experto te acompaña en la administración de tus nóminas y declaraciones sociales y te asesora en tus trámites de gestión de personal.
LEGAL
Nuestro papel es explicarle sus derechos y obligaciones, y asesorarlo en sus decisiones y acciones.
Quel est la date de début de bénéfice pour l’exonération de l’Impôt sur le Revenu (IR) ?
La date de début de bénéfice pour l’exonération de l’IR est la date de recrutement du salarié.
Un salarié peut-il bénéficier du programme TAHFIZ au niveau de plusieurs entreprises ?
Etant donné que le point d’entrée du programme TAHFIZ est l’entreprise, un salarié peut en bénéficier successivement au niveau de plusieurs entreprises
Est-il envisageable de remplacer un salarié bénéficiaire du programme en cas de départ ? Quelle est la durée de bénéfice dans ce cas (24 mois ou le reliquat) ?
Le bénéfice du programme TAHFIZ se fait dans la limite de 5 salariés maximum. En cas de départ d’un salarié bénéficiaire du programme, aucun remplacement n’est envisageable.
Le programme est-il ouvert uniquement aux nouveaux recrutements ou également pour un changement de cadre de recrutement (CI/CDD) ?
L’ouverture du programme est possible aussi pour un changement du cadre de recrutement : conclusion d’un CDI après un CDD ou après un Contrat d’Insertion (CI).
Quel est le délai maximal pour déposer le dossier de bénéfice auprès de l’ANAPEC ?
Pour le dépôt du dossier de bénéfice du programme auprès de l’ANAPEC, l’entreprise dispose d’un délai maximal de 24 mois à compter de sa date de création.
Les succursales sont-elles éligibles au programme ?
Les succursales ne sont pas éligibles au programme indépendamment de la société mère.
Une entreprise résultant de la fusion de deux entreprises est-elle éligible ?
L’entreprise résultant de la fusion de deux entreprises est éligible au programme.
Les étrangers en situation régulière sont-ils éligibles ?
Les étrangers en situation régulière sont éligibles au programme sous condition de disposer d’un contrat de travail dûment visé par le Ministère de l’Emploi et des Affaires Sociales comportant la mention « Contrat à Durée Indéterminé ».
Le gérant d’une société est-il éligible au programme TAHFIZ ?
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Cas d’une Société A Responsabilité Limitée (SARL) :
Les gérants associés majoritaires qui détiennent plus de la moitié des parts du capital social ne peuvent pas être salariés eu égard à l’absence de lien de subordination. Seuls les gérants minoritaires ou égalitaires peuvent cumuler leur mandat de gérant avec un contrat de travail, à condition que le contrat de travail soit conclu avant leur mandat.
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Cas d’une Société A Responsabilité Limitée d'Associé Unique (SARL AU) :
Le gérant associé unique d’une SARL AU ne peut pas être salarié, faute de lien de subordination.
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Cas d’une Société Anonyme (SA) :
Le mandat de Président Directeur Général ou Membre du Conseil d’Administration ou de Président ou membre du Conseil de Surveillance ou Directeur Général d’une société anonyme n’est pas incompatible avec des fonctions de salarié, à condition que le contrat de travail soit antérieur au mandat social.
Est-ce que l’Etat rembourse les cotisations déjà versées au profit de salariés éligibles au programme TAHFIZ ?
Aucun remboursement n’est prévu pour les cotisations déjà versées par une entreprise au profit de salariés éligibles au programme « TAHFIZ ». Toutefois, le bénéfice de la mesure sera prolongé pour la période équivalente à celle qui a fait l’objet de versement de cotisation par l’entreprise dans la limite des 24 mois.
Quels sont les conséquences pour les bénéficiaires du programme « TAHFIZ » en cas de rupture de déclaration à la CNSS ou de paiement des cotisations salariales ?
Le bénéfice de la prise en charge de la part patronale des cotisations CNSS et TFP au titre des salariés éligibles est subordonné à la déclaration auprès de la CNSS.
Sources : Mode opératoire publié par ANAPEC, Questions/Réponses ANAPEC
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